A través del Decreto 652/24 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional reglamentó los cambios en el impuesto a las Ganancias, luego de la aprobación del paquete fiscal en el Congreso.
De este modo, se mantendrá la baja del piso a $1,8 millón para solteros (unos $ 1.5 millón netos) y $2,2 millones para personas con dos hijos ($1,95 millón netos) votada. Comenzará a regir en julio, o sea, con los salarios que los trabajadores recibirán los primeros días de agosto.
Antes, el mínimo no imponible era de 15 salarios mínimos, equivalentes a $2.340.000 hasta junio y $ 3.5 millones desde julio. Con esta medida, aproximadamente un millón de trabajadores que hasta ahora estaban exentos, comenzarán a pagar el impuesto en alícuotas de entre el 5 y el 35%.
Los nuevos valores a pagar arrancan en (aproximadamente) $3.000 pesos mensuales hasta los $60.000 mensuales para los que hoy estaban exentos, y superaran los 100.000 pesos mensuales quienes ganan más de 2.500.000 pesos brutos. Los pagos que reciban los trabajadores como horas extras, aguinaldo, viáticos de larga distancia (camioneros), zona patagónica, quedan incluidos en el cálculo del impuesto.
La actualización del mínimo no imponible se hará de forma trimestral durante este 2024 y, luego, de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Impuesto a las Ganancias: cuánto pasará a pagar un soltero
$1.800.000 de remuneración bruta- no pagará Impuesto a las Ganancias
$1.900.000 de remuneración bruta- alícuota máxima del 5% (retención $4.500).
$2.000.000: alícuota máxima del 9% (retención: $10.940)
$2.100.000: alícuota máxima 12% (retención: $19.880)
$2.200.000: alícuota máxima 15% ($30.800)
$2.300.000: alícuota máxima 15% ($44.142)
$2.400.000: alícuota máxima 19% ($61.979)
$2.500.000: alícuota máxima 19% ($80.979)
$2.600.000: alícuota máxima 19% ($99.979)
$2.700.000: alícuota máxima 19% ($118.979)
$2.800.000: alícuota máxima 23% ($138.817)
$3.200.000: alícuota máxima 23% ($230.817)
$3.300.000: alícuota máxima 27% ($256.655)
$3.900.000: alícuota máxima 27% ($418.655)
$4.900.000: alícuota máxima 35% ($728.493)
$5.100.000: alícuota máxima 35% ($797.830)
$5.500.000: alícuota máxima 35% ($937.830)
Impuesto a las Ganancias: cuánto pasará a pagar un casado
$1.800.000 de remuneración bruta- no pagará Impuesto a las Ganancias
$1.900.000 de remuneración bruta- no pagará Impuesto a las Ganancias
$2.000.000: no pagará Impuesto a las Ganancias
$2.100.000: alícuota máxima 5% (retención: $216)
$2.200.000: alícuota máxima 5% ($4.366)
$2.300.000: alícuota máxima 9% ($11.864)
$2.400.000: alícuota máxima 12% ($23.151)
$2.500.000: alícuota máxima 15% ($37.439)
$2.600.000: alícuota máxima 19% ($53.490)
$2.700.000: alícuota máxima 19% ($72.490)
$2.800.000: alícuota máxima 19% ($91.490)
$3.200.000: alícuota máxima 23% ($174.540)
$3.300.000: alícuota máxima 23% ($197.540)
$3.900.000: alícuota máxima 27% ($352.591)
$4.900.000: alícuota máxima 31% ($652.641)
$5.100.000: alícuota máxima 31% ($714.641)
$5.500.000: alícuota máxima 35% ($852.191)
Así, se vuelve a un esquema de impuesto a los ingresos personales con carácter progresivo, esto es, quien gana menos paga menos.
Se han eliminado un conjunto de tratamientos diferenciales que hacían que personas con el mismo sueldo dependiendo de dónde vivían, o a qué actividad se dedicaban, pagaran impuestos diferentes.
Se ampliaron los tramos del impuesto para que la carga se vaya incrementando en la medida que los ingresos aumenten en forma significativa. Antes prácticamente no se pagaba, o se pagaba desde 30% aproximadamente. Desde ahora, tener una escala de alícuotas que va desde el 5% hasta el 35% tiene sentido porque el paso entre cada escalón es mucho más largo.
Se establece que por el período hasta la sanción de la nueva Ley, no se va a cobrar ningún incremento que se hubiera generado a partir de las nuevas reglas.