Las PASO, como su nombre lo indica, son obligatorias para los mayores de 18 años y menores de 70 en todo el país, es por esto que, en caso de no poder concurrir a emitir el voto, es necesario concurrir a la comisaría más próxima para solicitar una certificación escrita que justifique esta imposibilidad para votar.
¿En qué casos debe solicitarse esta constancia?
- Si el día de los comicios la persona se encuentra a más de 500 km de distancia del lugar en que debe votar
- En casos de enfermedad
- Por ser parte de un organismo o empresa de servicios públicos, que por cumplir funciones esté imposibilitado de asistir a los comicios
- Al ser juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional tener que asistir a la oficina y mantenerla abierta durante las votaciones
En este marco, el Oficial Subinspector de la Seccional 46 Aeroparque, Ignacio Vera, indicó a Unju Radio que hubo una “gran concurrencia” para emitir esta constancia, y señaló que para solicitar esta constancia se necesita solamente concurrir con el DNI y comunicar el motivo por el cual no se puede presentarse a votar. El trámite, de acuerdo a lo indicado por el subdirector, se realiza de 8 a 18 hs.
En caso de no justificar esta inasistencia, el Código Nacional Electoral tiene establecida una multa de $50 a $500 que, si si se trata de fiscales de mesa, o funcionarios, los montos son los más altos. Al no abonarse la multa, el ciudadano se registrará como infractor y no podrá hacer trámites durante un año, ni ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.