Federico González, responsable del Registro de Deudores Alimentarios Morosos en la provincia, habló en UNJu Radio, 92.9 sobre el trabajo y los procedimientos que realizan desde la institución en cuanto a aquellas personas que no cumplen con las correspondientes cuotas alimentarias fijadas.

En la oportunidad, González indicó que desde la institución realizan asesoramiento a aquellas personas que lo requieran. Así mismo, explicó que la Secretaría de Justicia junto al Ministerio de Gobierno recorren los barrios de la ciudad para capacitar e informar respecto a cual es la función específica de este registro como así también los pasos a seguir frente a un incumplimiento de cuota alimentaria.

El RE.D.A.M tiene dos funciones específicas, una es llevar adelante el registro de todas aquellas personas que adeuden TOTAL o PARCIALMENTE cuotas alimentarias a menores o personas discapacitadas. La misma rige a partir de la tercera cuota alimentaria consecutiva, o cinco cuotas alimentarias alternadas. Por otro lado, es el que emite las Constancias que certifica si una persona se encuentra, o no, asentada en el registro.
Cabe resaltar que el Registro Provincial recepciona los oficios remitidos por los Juzgados de familia, para luego registrarlos en la plataforma digital y en los Libros Oficiales del RE.D.A.M.
En el caso de las inscripciones, modificaciones o bajas al Registro, se producirán únicamente por orden judicial. De esta manera, las inscripciones se extinguirán por orden de la autoridad que dispuso la medida o por declaración judicial de nulidad o falsedad del documento registrado. Mientras que, la inscripción caducará a los 5 años de la fecha del asiento, transcurrido dicho lapso, la misma se tendrá por inexistente.

Así mismo, aclaró que como institución de registro no poseen la autoridad de inscribir, esta acción es ordenada por los correspondientes jueces por lo que es fundamental realizar las acciones judiciales para solicitar una cuota alimentaria o la exigencia del cumplimiento de una fijada con anterioridad.

En este marco, el RE.D.A.M. pone a disposición la página www.secjusticia.Jujuy.gob.ar en la cual se podrá constatar si una persona esta registrada, o no, en el Registro de Deudores. Para ingresar a la plataforma digital se debe completar la página principal con sus datos personales, luego consultar en el Padrón de Deudores, de allí se obtendrá un formulario que se deberá imprimir y luego llenar son sus datos personales. Finalmente, con el formulario más la fotocopia del DNI deberá dirigirse a la oficina del REDAM para la correspondiente firma de la autoridad del Registro.

Finalmente. indicó que la Ley provincial 5.273, prevé algunas sanciones administrativas para lo cual se han realizado acuerdos con los diferentes municipios para lograr que estas sanciones recaigan en algún tipo de habilitación o solicitud de licencias de conducir, entre otras.

El Registro Provincial funciona en la Secretaria de Justicia cita en Avenida Almirante Brown N° 172/176 en el horario de atención de 8 a 20 horas, en San Salvador de Jujuy.