En la provincia de Jujuy se publicó en el boletín oficial la ordenanza Municipal Nro. 7474/2020 la misma  expone los criterios para regular y dar amparo a los vendedores ambulantes, uno de los sectores más afectados por la pandemia.

Matías Dominguez, Presidente del bloque justicialista Frente de Todos, habló en UNJu Radio 92.9 sobre la situación de los vendedores ambulantes  en la provincia a lo cual el Presidente respondió «a comienzo de año en Abril, se comenzó a trabajar con los vendedores ambulantes que tienen una economía de subsistencia. La pandemia les ha afectado a ellos el doble o el triple que cualquier otro, al no poder salir a ganarse el pan de cada día».

El concejal también destacó la participación del bloque Justicialista en colaboración con el municipio capitalino realizando gestiones como reglamentaciones a favor de los miembros de la economía popular en contexto de pandemia para poder descomprimir la situación de los trabajadores. Dichas gestiones surgieron mediante el diálogo constante entre ambos espacios como el Concejo deliberante, el municipio junto a todos los sectores de los vendedores ambulantes y los diferentes partidos como la izquierda la cual anteriormente habían presentado un proyecto a favor de los trabajadores de la economía popular, venciendo así a la ordenanza anterior la cual era restrictiva con respecto a la venta ambulante puesto que de acuerdo a las palabras del Presidente justicialista «no alentaba a la economía popular», por tal motivo el movimiento «Evita» colaboró para la redacción de una ordenanza más abarcativa contemplando los beneficios correspondientes a los comerciantes ambulantes, dando lugar a la ordenanza Nro. 7474/2020 de la misma se destacan seis puntos importantes para el sector:

  1. Reducción de los altos Cánones comerciales al  33%.
  2. Creación del Fondo de Desarrollo de la Economía  Popular, favoreciendo el acceso de los trabajadores a Tasa cero para el desarrollo comercial.
  3. Beneficios tributarios con respecto a los canones comerciales:  Durante los meses Enero y Febrero los comerciantes que tengan regularizadas sus actividades  no abonarán los montos correspondientes a dos meses de Canon.
  4. Notificación previa ante Sanciones.
  5. Reconocimiento de la antigüedad de localización y actividades comerciales.
  6. Capacitación Gratuita.