La doctora Stella Maris Manzano, médico tocoginecológica especializada en practicar abortos legales, dialogó con Radio Universidad sobre el protocolo de interrupción del embarazo y afirmó que obligar a una persona a parir significa tortura, detalló que a partir de los 16 años una joven puede decidir en cuestiones de salud y que la llamada cesárea no debe ser una opción de interrupción del embarazo.

La doctora hizo referencia directa al caso de la cesárea practicada a una menor de 12 años que fue abusada en San Pedro ocurrido hace un año y aseguró que ese caso marcó un antes y un después en la provincia. Manzano será perito en la demanda que se hará al Estado por los abusos que sufrió la menor y al respecto dijo: “el Código penal no pone tope de edad gestacional para hacer un aborto cuando se trata de una violación o hay peligro para la salud o la vida de la madre. Esta niña tenía un embarazo de 23 a 24 semanas y se la demoró una semana intentando que viviera la beba y no lo lograron. Pusieron en riesgo la fertilidad futura de la madre, en riesgo de que tenga una hernia o de que se infectara. Entonces ayudaremos a esa niña a curar sus heridas acompañando y demostrándole que esto que vivió nunca debió pasar. Este caso marcó un antes y un después en Jujuy”.

La doctora aclaró que el nuevo protocolo dice que no hay límite de pastillas de misoprostol porque no son dañinas y que la cesárea no es un método de aborto, siendo las únicas posibilidades seguras las pastillas o bien la aspiración con cánulas o extracción con pinzas. Con respecto a los daños psicológicos de obligar a parir a una mujer Stella añadió: “tener que ser madre a la fuerza, sin deseo o voluntad, genera daños psicológicos. Alterarle el proyecto de vida a una criatura de 12 o 14 años forzándola a parir, a dejar de estudiar para criar otro niño o darlo en adopción con un dolor terrible y toda la vida pensar qué habrá sido de esa criatura es tortura, con todas las letras”.

Stella señaló que en nuestro país cada día del año muere una mujer por complicaciones del embarazo y el 80% de ellas muere en los últimos meses de embarazo en el parto o en el postparto y analizó que “entonces obligar a una persona con discapacidad a arriesgar su vida para que nazca otra persona es inmoral cuando siempre han sido violadas porque no pueden consentir”.

“El protocolo había actualizado en 2015 cuando todavía no había entrado en efecto el nuevo Código Civil de la Nación. Entonces se lo reactualizó para aclarar, por ejemplo, los derechos de niñas y adolescentes. A partir de los 16 años, desde el nuevo Código Civil, todas las personas tenemos mayoría de edad para decidir en cuestiones de nuestra salud. Entre los 13 y 16 años se les permite decidir a las niñas y adolescentes sobre prácticas que no sean riesgosas para la vida de ellas y en el caso del aborto con pastillas, o incluso el aborto con aspiración, se trata de prácticas muy poco peligrosas. Las menores de 13 sí precisan la firma de madre o padre y en caso de personas con discapacidad debe buscarse todos los medios posibles para que sean autónomas al decidir y entendemos que no pueden ser tomadas como incubadoras”, dijo Manzano.