En el marco del debate que se originó por el proyecto de necesidad de reforma parcial de la constitución provincial presentado por el Poder Ejecutivo en la Legislatura, la licenciada en Ciencias Políticas, Eva Cruz, en diálogo con UnjuRadio, se refirió a las etapas que se deben cumplir para realizar una reforma de la carta magna provincial y dio su opinión al respecto.

En este sentido expresó que “tratando de analizar la cuestión de la reforma constitucional podemos decir que todo proceso de reforma debe ceñirse a los procedimientos de la constitución vigente, y este llamado tiene especial atención en que la legislatura de Jujuy debe aprobar la necesidad del llamado a reforma”.

Así mismo, explicó que los procesos de reforma tienen dos etapas. Una es la etapa de la iniciativa, y otra es la etapa de la revisión.

En la etapa iniciativa se busca la declaración de la necesidad de reforma parcial de la constitución y, en este punto, es la legislatura la que debe expresarse.

En esta etapa surgen dos cuestionamientos. Por un lado si es oportuna la reforma y, por otro, si es necesaria. “Cabe aclarar que todos los procesos de reforma constitucional han sido diferentes” precisó Cruz.

Al respecto añadió que “este proceso también nos lleva a preguntarnos dónde va a funcionar esta reforma constitucional, de qué manera y cómo”.

Además mencionó que “la opinión política que se conformará sobre la necesidad de la reforma parcial o no, y de que se llegue a la sanción o no va a tener que ver con la información que se difunda en esta etapa de revisión”.

“Es aquí donde es necesario sostener el proceso de legitimidad y el proceso de coherencia en la construcción de los consensos políticos” puntualizó.

La licenciada en Ciencias Políticas estimó que “sí es necesaria la reforma parcial de la constitución” y en referencia a si es el momento adecuado o no, Cruz sostuvo que “si bien en el plano económico, social y político hoy pareciera haber otras prioridades, hoy son los actores políticos los que determinan si se llega o no a la reforma parcial de la constitución provincial”.