Con el fin de evitar contagios de coronavirus durante las próximas elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO)  del 12 de septiembre, y las generales del 14 de noviembre, la Cámara Nacional Electoral aprobó el pasado martes el protocolo sanitario de prevención del Covid-19 que se implementará.

El «Protocolo sanitario de prevención COVID-19 – Elecciones nacionales 2021», elaborado en forma conjunta por la Dirección Nacional Electoral del Ministerio de Interior y el Ministerio de Salud, fue aprobado mediante la Acordada Extraordinaria Nº 83, informó la Cámara en un comunicado .

Las disposiciones intentan evitar la aglomeración de personas y para reducir el aforo se procurará no habilitar más de ocho mesas de votación por establecimiento.

Además se establece la implementación de una franja horaria prioritaria entre las 10.30 y las 12.30 para personas que integren grupos de riesgo.

Por otro lado el protocolo prevé la utilización de elementos de protección personal e higiene y capacitar a las autoridades de mesa «preponderantemente por medios no presenciales».

Asimismo se incorpora la figura del facilitador sanitario, cuya función será hacer cumplir las medidas sanitarias para la prevención del coronavirus. Las personas que cumplan con esas tareas contarán con una identificación distintiva que facilitará su reconocimiento y tendrán dedicación exclusiva.

Así, los facilitadores tendrán como tarea ordenar el ingreso de votantes para no saturar la capacidad interna del local, constatar el uso de tapabocas, hacer respetar el distanciamiento social de 2 metros entre las personas, y controlar que se cumpla la capacidad máxima de concurrencia en los locales de votación.

Además, deberán controlar y alentar el respeto de las normas sociales de contacto físico en pandemia, evitar aglomeraciones de personas, sobre todo en espacios cerrados, y hacer respetar las filas en el exterior observando las medidas preventivas

En cada distrito la justicia federal con competencia electoral determinará el procedimiento de emisión del voto para los electores que presenten síntomas evidentes compatibles con Covid-19 y que exijan ejercer su derecho al sufragio.

Además, el documento exhorta a las agrupaciones políticas a que, con el objeto de reducir el aforo de los establecimientos de votación, mantengan «simultáneamente dentro de cada establecimiento de votación la cantidad mínima necesaria de fiscales partidarios».  Asimismo, pide colaboración para minimizar la manipulación de los sobres de votación.

El texto de la acordada de la Cámara Nacional Electoral también ratifica en su artículo 9 que la consulta al padrón y la recepción y tramitación de los reclamos estará habilitada en todo el país por vía digital, «a través del sitio www.padron.gob.ar, en los plazos previstos por el cronograma electoral».

En ese contexto, dispuso que «se incorpore al portal habilitado para consulta al Registro de infractores y solicitudes de justificación de no emisión del voto (infractores.padron.gob.ar) las causales específicas de justificación de no emisión del voto», para que «soliciten a través de Internet la justificación de la no emisión del voto quienes a la fecha de la elección estén cumpliendo protocolos de aislamiento de COVID-19».