El Gobierno nacional prorrogó hasta el 31 de mayo la prohibición de despidos o suspensiones «sin justa causa» o por «fuerza mayor», ante la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus.

La medida se oficializó mediante la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 266/2021, que destaca que «en virtud de la prolongación de la emergencia en el tiempo y el agravamiento de la situación imperante deviene necesario prorrogar la oportuna adopción de medidas» para asegurar a los trabajadores y a las trabajadoras «que esta emergencia no les hará perder sus puestos de trabajo».

Además señala que estas medidas «constituyen herramientas de política laboral necesarias para preservar los puestos de trabajo, priorizando la protección de las trabajadoras y los trabajadores en cumplimiento de las garantías establecidas por la Constitución Nacional».

La norma establece también la prórroga hasta la misma fecha, de la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de «fuerza mayor o falta o disminución de trabajo».

El artículo 4 del decreto indica que los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto «no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales».

Sin embrago la norma indica que la prohibición «no será aplicable» a las contrataciones realizadas con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto N° 34/19, “ni al Sector Público Nacional definido en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias, con independencia del régimen jurídico al que se encuentre sujeto el personal de los organismos, ni a sociedades, empresas o entidades que lo integran».

El texto completo del Decreto se puede leer en el siguiente enlace DNU 266/2021