El Gobierno envió a los gobernadores y jefes de bloque del Congreso el nuevo texto del capítulo fiscal y de la Ley Bases. Se trata de los textos que el oficialismo pretende que se debatan conjuntamente en la Cámara de Diputados en los próximos días. El capítulo fiscal, rebautizado como Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes y son 101 artículos que contienen un blanqueo de capitales y moratoria; la restitución del impuesto a las Ganancias y plantea modificaciones sobre Bienes Personales y al Monotributo.

Además el nuevo borrador declara la emergencia pública y la delegación de facultades por un año en materia administrativa, económica, financiera y energética. Además incluye el futuro de la obra pública, las normas que regulan los hidrocarburos, el flamante régimen de grandes inversiones.

El borrador de la ley tiene un total de 279 artículos y contempla la posibilidad de que las autoridades nacionales les entreguen a sus pares de las provincias el manejo de las obras públicas que ya estén avanzadas, para que las jurisdicciones las puedan completar con fondos propios.

En cuanto al Régimen de incentivo para grandes inversiones (RIGI), se remarcó que serán considerados “Grandes Inversiones” los proyectos que involucren la adquisición, producción, construcción y/o desarrollo de activos que cumplan ciertos requisitos, como “prever para el primer y segundo año, contado desde la fecha de aprobación del plan de inversión y de la solicitud de adhesión, el cumplimiento de una inversión mínima en activos” determinada.

Si bien se mantiene la delegación de facultades especiales para el Gobierno “en materia administrativa, económica, financiera y energética”, la misma será solamente “por el plazo de un (1) año” y sin posibilidad de prorrogarla. Además, se insistió con que el Poder Ejecutivo nacional deberá informar “mensualmente y en forma detallada al Honorable Congreso de la Nación acerca del ejercicio de las facultades delegadas y los resultados obtenidos”.

Sobre los fondos fiduciarios, el Gobierno avanzó con una modificación que explicita la obligación de mantener la asignación específica de la finalidad original, que fue uno de los puntos discutidos el lunes con los dirigentes radicales.

En la nueva versión del proyecto, de las más de 40 empresas sujetas a privatizar, la lista se achicó a 18 y se fijaron diferencias entre venta total, parcial o concesión. En el primer grupo figuran Aerolíneas Argentinas, Energía Argentina, Intercargo y Radio y Televisión Argentina; en el segundo, Nucleoeléctrica Argentina, Banco Nación, Nación Seguros SA, Nación Reaseguros SA, Nación Seguros de Retiro SA, Nación Servicios SA, Nación Bursátil SA, Pellegrini SA y Yacimientos Carboníferos Río Turbio; y en el tercero, AYSA, Correo Oficial, Belgrano Cargas y Logística, Sociedad Operadora Ferroviaria y Corredores Viales.

En el capítulo fiscal, se destaca la restitución de Ganancias o impuesto a los ingresos, como lo llama la gestión Milei. Así, un empleado soltero sin hijos comienza a pagar Ganancias desde los $1.800.000 brutos mensuales y un casado con hijos, desde los $2.300.000 en bruto.

Se eliminan algunas deducciones, pero se crea una deducción especial para que el aguinaldo esté exento del pago del gravamen. El proyecto fija una actualización anual por inflación para las deducciones y escalas del impuesto a partir del período fiscal 2025.

Para este año, faculta al Poder Ejecutivo a definir si actualiza o no esos parámetros una vez que la ley sea aprobada por el Congreso. Se establece, además, que los cambios comenzarán a regir cuando entre en vigencia la nueva ley, es decir, que no habrá retroactivo ni se genera devolución hasta la nueva reforma.

En cuanto al Impuesto a los Bienes Personales, el Ejecutivo insiste en el capítulo fiscal con régimen de pago por adelantado 5 años. Además, elimina el diferencial de tasas entre los bienes en el país y en el exterior y establece una escala de 0,50% a 1,50%.

Estarán alcanzados por BBPP bienes desde los $100 millones y el de la casa habitación de más de $350 millones (hoy en $56 millones). Incorpora, además, que el contribuyente cumplidor -que haya presentado y pagado en tiempo y forma el ejercicio fiscal 2020-, acceda a una baja de 0,25% de tasa para los períodos fiscales de 2023 a 2026.

En el capítulo fiscal se incluyó el Régimen de Regularización de Activos, un blanqueo de capitales que estará vigente desde cuando se aprueba la Ley hasta el 30 de abril de 2025, con la posibilidad de prorrogarlo hasta el 31 de julio de 2025.

Define cuántos impuestos habrá que pagar por el blanqueo. Hasta US$100.000 no pagan, luego hay una escala progresiva según el monto a declarar. Establece que los no residentes no podrán blanquear dinero en efectivo.

Además, crea el Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social para incentivar el pago de deudas al 31 de marzo de 2024, en hasta 60 cuotas y una tasa de interés que será fijada por el Banco Nación. Con el sistema, se busca el pago voluntario de esos impuestos “obteniendo distintos beneficios según la modalidad de la adhesión y el tipo de deuda que registren”

Respecto del Monotributo, la iniciativa del nuevo capítulo fiscal actualiza topes de facturación y cuotas por encima del borrador previo.

En la propuesta previa para el Régimen Simplificado subían en torno al 110% para los topes de facturación, y cuotas a pagar. Ahora propone alzas de entre 300% y 330%.

Así, los monotributistas con menores ingresos (categoría A) podrán facturar hasta $6.450.000 -hoy en $2.108.288-, mientras la categoría K, la más alta, pasa de $16.957.968,71 a $68.000.000 de facturación anual.

Además, mantiene en $385.000 el precio unitario de facturación (hoy en $180.590) tanto para quienes ofrezcan servicios como para quienes vendan productos. Y establece actualización anual por inflación.