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Se trabaja en la reglamentación del Régimen de Brigadistas de Incendios de Vegetación

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En la segunda sesión extraordinaria la Legislatura sancionó la Ley N°6.248, Régimen de Brigadistas de Incendios de Vegetación, que tiene por objeto establecer un marco regulatorio para agentes dependientes de la “Dirección Provincial de Incendios de Vegetación y Emergencias Ambientales” de la provincia.

La norma establece categorías para el personal comprendido en ella, delimita requisitos específicos de ingreso y demarca las jornadas laborales limitándolas a 40 horas semanales.

En este contexto, días atrás se concretó una reunión de trabajo entre funcionarios del ministerio de Ambiente y el de Trabajo para intentar avanzar en la reglamentación del nuevo régimen especial de Brigadistas de Incendio de Vegetación en la provincia.

De la reunión participaron la ministra de Ambiente, María Inés Zigarán; la secretaria de Biodiversidad y Desarrollo Sustentable, Estefanía Sánchez Cuartielles; el director de Incendios de Vegetación; Alejandro Cooke; el director de Asuntos Jurídicos, Aldo Coca; la secretaria de Trabajo, Gabriela Ferreyra Jenks; el subsecretario de Relaciones Laborales, Andrés Lazarte; la subdirectora de Higiene y Seguridad, Rocío Gómez Miranda; y asesores legales.

Al respecto, Zigarán destacó que “el Régimen de Brigadistas de Incendio de Vegetación salda una deuda que tenía el Estado provincial con este sector de trabajadores que desarrolla una labor muy específica”, indicó.

Asimismo, la secretaria de Trabajo, Gabriela Ferreyra Jenks sostuvo «procuramos definir una reglamentación acorde al espíritu de la ley, contemplando el importante trabajo que cumplen los brigadistas” y remarcó «es nuestra responsabilidad asegurar condiciones de trabajo a los brigadistas».

Es responsabilidad asegurar condiciones de trabajo a los brigadistas, cuya misión se diferencia sensiblemente del resto de los empleados públicos.

Los funcionarios procuran garantizar óptimas condiciones de trabajo para los brigadistas y todo agente involucrado en la lucha contra incendios de las citadas características.

Las reuniones en conjunto continuarán la próxima semana y se prevé incorporar a funcionarios del Ministerio de Hacienda.

Roles y requisitos para integrar la fuerza

La Ley N° 6248, establece distintas categorías para identificar los roles de cada combatiente, así como también detalla los requisitos necesarios para incorporarse a la fuerza ambiental. De modo tal que identifica roles tales como: brigadistas de incendios de vegetación, jefe o jefa de cuadrilla, jefe o jefa de brigada, y jefe o jefa de operaciones. Y para cada uno, describe los perfiles y tareas. A propósito de los requisitos, se aclara que sin perjuicio de los establecidos por la Ley N° 3.161, los y las brigadistas deberán ser, en todos los casos, mayores de 21 años de edad, acreditar aptitud psicofísica, haber atravesado distintas instancias de formación específica, así como tener cierta antigüedad dependiendo el cargo que ocupe y acreditar la no registración de antecedentes penales, contravencionales, ni disciplinarios en la Administración Pública Provincial. Entre otras condiciones previstas en la normativa.