Desde el viernes 15 esta disponible tanto en el sitio web www.argentina.gob.ar como a través de la aplicación Mi Argentina, el formulario para la inscripción de usuarios para sostener la continuidad de la percepción de los subsidios al consumo de gas y electricidad, que «comenzará a regir a partir del 1 de agosto».

Así lo anunció la portavoz de la Presidencia, Gabriela Cerruti, quien precisó que «a partir del 1 de agosto comenzarán a regir las tarifas de acuerdo con las tres franjas fijadas por el decreto dictado hace un mes por el presidente Alberto Fernández», en su habitual conferencia de prensa de los jueves en la Casa de Gobierno.

Al respecto, explicó que al formulario «tienen que ingresar absolutamente todos los que creen que pueden recibir el subsidio, ya sea porque tiene tarifa social o porque están en la franja de ingresos medios».

«Son datos muy sencillos de llenar y van a cruzarse con los que están en poder del Estado; una vez que estén cruzados, se van a empezar a cobrar las tarifas plenas y con los diferentes subsidios según la franja que pertenezcan», aseveró.

«Confiamos -agregó Cerruti- en que todo se va a hacer muy rápidamente», y aclaró que, «si no lo saben hacer o les resulta complicado, va a haber turnos en las oficinas de Anses o en las diferentes compañías, ciudades, pueblos y provincias» para poder realizar el trámite de manera presencial.

También consignó que, a partir de este jueves, será puesta en marcha «una campaña publicitaria que va a llegar hasta el último rincón del país», con información sobre cómo proceder para acceder a las tarifas diferenciadas.

Según informaron desde el Gobierno nacional, para poder organizar el registro, las primeras semanas se deberá hacer la carga según la terminación del DNI del solicitante:

    • 0 – 1 – 2: entre el 15/7 y el 19/7.
    • 3 – 4 – 5: entre el 20/7 y el 22/7.
    • 6 – 7 – 8 – 9: entre 23/7 y el 26/7.

El decreto 332/2022 fue publicado el 16 de junio pasado en un suplemento extraordinario del Boletín Oficial y, con esa medida, el presidente Alberto Fernández estableció «un régimen de segmentación de subsidios a usuarios y usuarias residenciales de los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por red, con el objeto de lograr valores de la energía razonables y susceptibles de ser aplicados con criterios de justicia y equidad distributiva».

Los tres grupos diferenciados para esta segmentación son:

Segmento de ingresos altos

Son hogares que declaran reunir alguna de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes:

  • Ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $348.869 (3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el INDEC).

Excepción: para aquellos hogares ubicados en el partido de Patagones (Buenos Aires), Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz o Tierra del Fuego, A. e IAS, los ingresos mensuales totales para pertenecer al segmento de mayores ingresos deberán ser equivalentes o superiores a $425.620.

  • Tener 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
  • Tener 3 o más inmuebles.
  • Poseer una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.

 

El segmento de ingresos altos tendrá una reducción de los subsidios gradual y en tercios bimestrales hasta alcanzar la cobertura plena del costo de la energía hacia fines de 2022.

Segmento de ingresos medios

Son aquellos hogares que no se encuentran dentro del segmento de mayores ingresos y cumplen alguna de las siguientes condiciones:

  • Ingresos mensuales totales entre $99.677 y $348.869 (entre 1 y 3,5 canasta básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
    • Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento pueden variar entre $149.515 y $348.869 (entre 1,5 y 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
  • Poseer hasta 2 inmuebles.
  • Poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad.

Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de ingresos medios.

Segmento de menores ingresos

Son hogares que, considerando en conjunto a las y los integrantes del hogar, cumplen alguna de las siguientes condiciones:

  • Ingresos netos menores a $99.677 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC).

Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento deben ser menores a $149.515 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).

  • Poseer hasta 1 inmueble.
  • No poseer 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad.

Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de menores ingresos.

Serán incluidos dentro de este segmento los hogares que, además de no cumplir alguna de las condiciones para formar parte del segmento de mayores ingresos, tengan:

Una o un integrante con Certificado de Vivienda expedido por el ReNaBaP.

Una o un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Una o un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD).

Excepción: en el caso de que el hogar con CUD tenga ingresos mensuales totales del hogar que superen los $149.515 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o sean propietarios de 2 o más inmuebles, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.

Domicilio en donde funcione un comedero o merendero comunitario registrado en el RENACOM.

Excepción: en el caso de que en el hogar funcione un comedero o merendero comunitario registrado en RENACOM y que los ingresos sean mayores a $99,677 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o posean 2 o más inmuebles o 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.Existen dos casos en los cuales no tenés que llenar el formulario de inscripción:

Si sos electrodependiente no tenés que completar el trámite para solicitar el subsidio de la electricidad, pero sí debés hacerlo para solicitar el de gas. Para conocer más sobre el Registro de Electrodependientes, ingresá a esta página.

Si en tu domicilio funciona una entidad de bien público no te corresponde hacer el trámite. Podés solicitar la tarifa diferencial para entidades.

Por otro lado, el secretario de Energía de la provincia de Jujuy, indicó días atrás, en diálogo con UNJuRadio, que la tarifa social  para la energía eléctrica seguirá vigente en la provincia hasta que se establezca la forma de adhesión a la normativa nacional.

Sin embargo, convocaron a jujeños y jujeñas a inscribirse en el formulario habilitado desde este viernes, especialmente para recibir los subsidios en las tarifas de gas natural.