Mediante la resolución 1050/2021 de la Secretaría de Comercio Interior, publicada hoy -miércoles- en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional retrotrajo al 1 de octubre los precios de 1.432 productos de consumo masivo.

Esta medida tendrá vigencia hasta el próximo 7 de enero y establece la «fijación temporal de precios máximos de venta al consumidor para todos los productores, comercializadores y distribuidores» de 1.432 productos de consumo masivo en todo el territorio nacional.

También requirió «a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización de los productos incluidos a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión durante el período de vigencia de la presente medida».

La lista acordada comprende un diverso espectro de 1.432 artículos, que incluye tanto primeras marcas como productos de pequeñas y medianas empresas, y contendrá necesariamente los siguientes rubros: almacén, limpieza e higiene y cuidado personal, en las 24 jurisdicciones del país.

La resolución destaca que «en el último tránsito de la pandemia, coincidente con un fuerte proceso de recuperación económica, se han advertido y verificado aumentos generalizados en el precio de venta de productos tanto de alimentos para la población, así como también de productos de higiene y cuidado personal», y consideró que «resultan irrazonables y no se corresponden con las variaciones recientes de las estructuras de costos de producción».

Sobre este tema UnjuRadio dialogó con la Claudia González, abogada y titular de Proconsumer en Jujuy (Asociación de Protección de Consumidores del Mercado Común del Sur), quien señaló que “lo que se está haciendo desde el Gobierno nacional responde a leyes que ya existen y que están vigentes”.

Así, aunque el Gobierno “decidió la política de precios máximos por medio de decreto, está haciendo todo lo que le permite la ley”.

González detalló que la autoridad de aplicación y control en la provincia será la Defensoría del Consumidor, “no solo de la Ley de Defensa del Consumidor, sino también de la Ley de Abastecimiento y de Defensa de la Competencia”.

Sin embargo, según manifestó la abogada, “los principales defensores de los precios de los bienes y servicios, y de pagar lo que corresponda, somos los usuarios y los consumidores”.

“Los usuarios vamos a tener que controlar los precios, efectuar las denuncias correspondientes y permitir que actué el organismo de control”, remarcó.

En ese sentido explicó que los reclamos se pueden hacer “en la misma unidad de venta” como así también en Defensa del Consumidor.

“Desde el Gobierno se hizo el mayor esfuerzo para alcanzar un acuerdo” dijo y agregó que los empresarios aducen pérdidas, “lo cual no es cierto”.

“En Argentina es esencial abastecer el mercado interno, y las exportaciones se tienen que hacer de manera razonable”, explicó y precisó que “el gobierno tiene las herramientas legales para exigir el abastecimiento”, frente a los grandes productores concentrados que “amenazan y se consideran muy poderosos”, fijando los precios “porque no hay competencia ya que absorben a los pequeños productores”.

Asimismo señaló que “el aumento en los productos que componen la canasta básica de alimentos ha sido desmedido”, y que, con esta medida «se está garantizando que los argentinos tengamos los alimentos básicos”.

“Esta disposición es en beneficio de todos, debemos transformarnos en contralores”, concluyó.

(Claudia González -Proconsumer)

El listado de los productos (Anexo 1) se puede descargar en el siguiente enlace Listado Anexo 1