De acuerdo a los acontecimientos ocurridos en el barrio Campo Verde de esta ciudad  el día 17 de enero del presente año, entre los vecinos y las fuerzas policiales, por inicio de la construcción de una escuela por parte del gobierno provincial  en el predio de la cancha de mencionado sector, que provocó inconvenientes y  detenciones de algunos habitantes.

En ese marco, el fiscal Alejandro Maldonado, explicitó a UNJu Radio 92,9 “en esta causa no hay personas detenidas, sino demoradas por averiguación de antecedentes, luego de ello esta fiscalía dispuso el arresto conforme el artículo 310 de nuestro código procesal penal, hasta tanto se le pueda hacer conocer causa de imputación. En el día hoy a hs 17.00 se les hizo conocer causa de imputación e inmediatamente recuperaron la libertad”, a su vez agregó, en referencia a los abogados de los imputados, Adrian Iconomovich y Darío Vaca  “ellos no son abogados de estas personas. Estas personas al momento de ser citadas aquí,  se les hizo conocer causa de imputación y designar abogado defensor. No designaron estos abogados, por lo tanto se atribuyen prerrogativas que no les corresponde, porque los abogados que han sido nombrados por los imputados han sido los defensores oficiales y uno de ellos ha designado al doctor Sebastian Colqui”

En cuanto a la cantidad de arrestados por parte de la policía, Maldonado indicó “son cinco  las personas que han sido arrestadas, no detenidas y, son seis los imputados” en consecuencia mencionó “una vez que se le dio la libertad a estas personas conforme lo establece el artículo 304 de nuestro código, se le impuso ciertas restricciones como ser: no ausentarse de la provincia, fijar domicilio, no presentarse en el  predio que esta cuestionado, ni realizar ningún acto que entorpezca el desarrollo de esa obra, caso contrario se le va pedir la detención”

Para finalizar, el letrado puntualizó  con respecto a la causa que se les imputaron a los arrestados, “ellos están imputados por el delito de usurpación en modalidad de turbación de la posición, como lo establece el artículo 181, inciso 3 del código penal”.