El viernes pasado se publicó el Decreto 138 que dejó sin efecto el Decreto 70/2017, que modificó aspectos de la Ley 25.871 que establece el régimen de la política migratoria. Sobre esto dialogó con UNJu Radio, Elena Chaves, Coordinadora del Área de Migraciones y Derechos Humanos de ANDHES (Abogados y abogadas del Noroeste argentino en derechos humanos y estudios sociales).
“La lucha colectiva fue la respuesta para esta derogación”, manifestó la Coordinadora, añadiendo que se ha logrado con la confluencia de varios espacios de Organizaciones Migrantes, Organizaciones de DDHH, Instituciones Académicas y de personas que se dedican al estudio de esta temática.
Planteó que la Ley Migratoria de Argentina, la 25.871, es una ley de vanguardia en América del Sur, que “ha establecido el hecho de migrar como un derecho humano”, cambiando el paradigma que tenía el país a través de esta ley promulgada en el año 2004, que establecía un paradigma respetuoso a los derechos humanos. Respecto al Decreto 70/2017 publicado el 30 de enero de 2017, Chaves expresó que “fue un retroceso”.
Se trataba de un Decreto de Necesidad y Urgencia, que establecía que debían expulsar inmediatamente del país a cualquier extranjero o extranjera ligado a cualquier hecho delictivo, sin tener un proceso de defensa en que puedan demostrar su culpabilidad o inocencia. Se modificaron las garantías que se tienen en cuanto al principio de inocencia en el país, en el que una persona que es sospechosa o acusada de un hecho, tiene un tiempo para ejercer su defensa, en la Ley tenía 30 días para contestar frente a una intimación, pero con este decreto tenían 3 días en que la persona estaba detenida sin posibilidad al ejercicio de su defensa. Además de esta violación al principio de inocencia, se violó el acceso al principio de igualdad y lo que establece la Ley de Migraciones sobre la igualdad entre nacionales y extranjeros.
Chaves expuso que menos del 1% de los inmigrantes tuvo conflictos con el sistema penal en Argentina, y señaló que “hay mucho movimiento mediático en contra de la persona migrante”, ya que es una persona que viene desde otro lugar, y no se piensa en que en muchos casos ingresan al país para empezar desde cero sin todas las herramientas. “Argentina ha logrado establecer un paradigma de DDHH y ha podido ser respetuosa, teniendo estándares en su legislación que debemos respetar”, enunció.
Finalmente, aclaró que una persona con antecedentes penales demostrados no puede radicarse en Argentina, ya que este es uno de los requisitos, y se necesita presentar tanto los antecedentes del país de origen, como si estuvo en tránsito, “se está confundiendo a la gente con el tema de lo que implica esta Ley”, explicó.
Caso de Vanessa Gómez
Por otro lado, Chaves hizo mención del caso de Vanessa Gómez, que llevaron muchas organizaciones, entre ellas CAREF (Comisión Argentina para Refugiados y Migrantes) una mujer de origen peruano, que vivió 15 años en Argentina, donde tuvo a sus tres hijos, a la cual, en el año 2019, personal de la Policía Federal mediante engaños la llevó al aeropuerto de Ezeiza, obligándola a volver a su país de origen mediante la amenaza de enviar a su bebé a Perú. Esta orden de expulsión fue basada en una condena que Vanessa había cumplido en el año 2014 por comercio de estupefacientes. De esta manera dividieron a su familia prohibiéndole la entrada al país, pese a que sus otros dos hijos quedaron en Argentina.