«El veto va a ser completo, va a ser total», sentenció esta mañana el presidente Javier Milei tras la sanción de la reforma jubilatoria en el Senado. El mandatario reconfirmó que vetará la norma y la calificó como «un error perjudicial para los argentinos».

“En principio lo que hay que tener en cuenta es el error perjudicial para los argentinos con la sanción de esta ley”, definió el mandatario y completó: “hemos decidido vetar y nos parece una irresponsabilidad del Congreso hacer algo así, que estaría condenando a los argentinos de cara al futuro sin remedio», dijo en declaraciones a LN+.

En la víspera, la Oficina del Presidente publicó un comunicado adelantando que «el Presidente Javier Milei, tal cual se comprometió con los argentinos, vetará el proyecto aprobado hoy por el Congreso de la Nación», el cual, según dijeron, «tiene como único objetivo destruir el programa económico del Gobierno».

«El Presidente se comprometió con los argentinos a sostener el superávit fiscal a toda costa y así lo hará», prosiguieron desde la cuenta oficial del Gobierno. Y acusaron al Parlamento nacional de hacer «un acto de populismo demagógico», sancionado «un proyecto de ley irresponsable, ilegal e inconstitucional que establece gastos exorbitantes sin su correspondiente partida presupuestaria».

A continuación, denunciaron que si se entrara en vigencia la ley «implicaría necesariamente que el Gobierno vuelva a caer en las viejas prácticas de la emisión monetaria, el aumento de impuestos, o el endeudamiento, que son las mismas recetas que nos han llevado al fracaso durante los últimos 100 años».

El proyecto que se aprobó establece una actualización mensual en base al último dato disponible del Índice de Precios al Consumidor (IPC), como el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) vigente que activó el Ejecutivo. Además, incorpora una compensación extra del 8,1 por ciento, dado que el Gobierno otorgó un 12,5% que no cubre el 20,6% de inflación de enero.

¿Qué es vetar una ley y cómo se ejecuta?

El veto es una atribución que corresponde al Poder Ejecutivo, a través del cual el Presidente puede rechazar total o parcialmente (es decir, todos o uno o algunos artículos) los proyectos de ley sancionados por el Congreso de la Nación.

En este marco, el jefe de Estado cuenta con 10 días hábiles después de su sanción en el Congreso y ese pronunciamiento debe contar con la firma de uno o más ministros del Gabinete.

El veto parcial fue incorporado en la Constitución nacional después de su última modificación en 1994 y permite que el Ejecutivo pueda objetar una parte de la norma y no su totalidad. De esta manera, el Presidente puede promulgar parcialmente la parte no vetada, siempre y cuando esta no desvirtúe el espíritu del proyecto sancionado por ambas Cámaras.

¿Qué puede hacer el Congreso?

Según el artículo 83 de la Constitución nacional, después del veto el proyecto regresa a la primera Cámara donde comenzó su debate en el recinto. Si se aprueba con dos tercios de los votos, pasa a la Cámara de revisión (si se introdujo en la Cámara de Diputados, la cámara de revisión es el Senado y viceversa).

En estos casos las votaciones son “nominales”, es decir por sí o por no. Entonces, si en las dos Cámaras la mayoría vota si, el proyecto pasa al Poder Ejecutivo para ser promulgado. En cambio, si las Cámaras difieren, el proyecto no podrá volver a debatirse en las sesiones de ese año.

Por su parte, el Presidente no puede usar su poder de veto cuando el Congreso insiste con un proyecto previamente vetado.

El Senado aprobó la norma con acuerdo entre varios bloques incluido el PRO, cuyos integrantes, en la sesión del miércoles pasado, votaron a favor de la reforma jubilatoria, salvo Carmen Álvarez Rivero. Lo mismo ocurrió en Diputados, donde una buena parte del bloque amarillo votó en contra de los fondos reservados para la SIDE.

Sin embargo, luego de mantener reuniones con Milei, Mauricio Macri apoyó en redes sociales el veto de la nueva Ley, por lo que queda en duda la posibilidad de revertirlo en el Congreso.