Esta semana se habló mucho del Impuesto a las Ganancias que se trata de un impuesto nacional que recae sobre los haberes o rentas obtenidos durante el año calendario. El mismo se calcula mediante la aplicación de una alícuota progresiva sobre la ganancia neta (ingresos menos gastos deducibles) obtenida durante el período fiscal de liquidación.
Unjuradio 92.9 habló con Esteban Rodríguez, integrante de la Cátedra de Impuestos de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Jujuy.
Rodríguez contó el proceso histórico en el país del impuesto a las ganancias, su objetivo, beneficios y perjuicios y dijo que «la incertidumbre que se genera es saber qué pasará luego de las elecciones y qué se aprobará a través del Congreso Nacional».
Además el Profesor Universitario dijo que «el impuesto a las ganancias no es algo nuevo. Va a cumplir algo así como 100 años. Inicia en Argentina en el año 1932 y pero en ese entonces solamente estaba dirigido más que nada a la a las actividades empresariales: Luego en el año 1967 se hizo una reforma sobre este impuesto y ahí es cuando se incorporan a los trabajadores. Con la convertibilidad, se modificaron los valores que quedaron expresados en pesos de aquel momento y con el incremento nominal de las paritarias. Los aumentos de sueldos que iban recibiendo cada vez más trabajadores comenzaban a pagar el impuesto a través de la retención que les hacían sus empleadores».
Rodríguez dijo que «lo que se está comentando ahora tiene que ver con esto de subir el piso del impuesto para que no tributen tantas personas como lo venían haciendo por efecto básicamente desde la inflación. Hay que decir que no únicamente el impuesto a las ganancias en la historia del país fue dirigida a los trabajadores sino que tiene otras aristas».
También, Rodríguez explicó que «la ley establece cuatro grandes categorías, cuatro grandes rubros de ganancia, de la primera, segunda, Tercera y cuarta categoría, las primeras son todas las rentas que se obtienen de alquileres, el ejemplo típico en segunda categoría son las rentas de las inversiones, tercera categoría las renta de las actividades empresariales y en la cuarta categoría, la ley incluye todas las rentas derivadas del trabajo personal y justamente la que se está discutiendo en la actualidad».
El profesor Rodríguez agregó que «esta inclusión ya viene del año 67, por ejemplo, de los ingresos de un contador uno las puede entender como ganancia pero los cuestionamientos van cuando se debe aplicar al sueldo de un trabajador».
Por último, Rodríguez dijo que «el objetivo de todo impuesto es contribuir con la financiación del Estado. Todo lo que se recauda por impuestos nacionales a través de la DGI ingresa a distintas finalidades y en cuanto al Impuesto a las Ganancias después de esto, una pequeña extracción que se hace a la totalidad, ingresa a la masa bruta coparticipable y que se divide entre la nación y las provincias. Entonces, aproximadamente el 57% del recaudo impuestos se distribuye y se coparticipa con las provincias es por eso que ante una medida de este tipo también se pueden ver afectados los recursos que reciben las provincias. Por otro lado, con esta medida, varios trabajadores que están pagando ganancias, van a tener un incremento en sus haberes de bolsillo y que es inmediato».
Desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Jujuy, dicen que estas medidas son solo un paliativo
La Presidenta del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Jujuy, Blanca Juárez, también habló con Unjuradio 92.9 sobre este tema y básicamente dijo que estas medidas son solo un paliativo a la situación económica que vive el país y no soluciona el problema de la inflación.
Juárez analizó la coyuntura económica y dijo que «la medidas anunciadas por el gobierno buscan ser un paliativo para los más afectados por el proceso inflacionario».