Cecilia Santamaría, titular de la Dirección de Respuesta al VIH, ITS, Hepatitis Virales y Tuberculosis del Ministerio de Salud de la Nación, indicó que en el día de ayer la Comisión Nacional de Inmunizaciones sugirió excluir del grupo de las personas con contraindicación para recibir la vacuna Sputnik V a las personas inmunocomprometidas, entre ellas las personas con VIH.

Este informe viene siendo solicitado desde hace tiempo por las organizaciones de la sociedad civil que trabajan en la temática.

Santamaría indicó que podrán optar por vacunarse aquellas personas con VIH, independientemente de su nivel de CD4, que además presenten riesgo de exposición alto a la infección por Sars-Cov-2 y que el mismo no pueda evitarse, por ejemplo personal de salud, personal estratégico, y personal docente y no docente.

Además aquellas personas con VIH que al mismo tiempo presenten enfermedades subyacentes que los incluyan dentro de los grupos de riesgo alto de complicaciones graves y/o muerte por Covid 19 como diabetes, obesidad grado 2 o mayor, y/o enfermedades crónicas y renales, respiratorias o cardíacas.

El documento enviado por el Ministerio de Salud indica que la población priorizada y considerada “población objetivo a vacunar” incluye:

POBLACIÓN EN RIESGO POR EXPOSICIÓN Y FUNCIÓN ESTRATÉGICA: Personal de salud; fuerzas armadas, de seguridad y personal de servicios penitenciarios; personal docente y no docente (inicial, primaria y secundaria); otras poblaciones estratégicas definidas por las jurisdicciones y la disponibilidad de dosis.

POBLLACIÓN EN RIESGO DE ENFERMEDAD GRAVE: Adultos de 60 años y más; personas mayores residentes en hogares de larga estancia; adultos de 18 a 59 años pertenecientes a grupos en riesgo (obesidad grado 2 o más -IMC mayor o igual a 35 kg/m2-, diabetes insulinodependiente o no insulinodependiente, enfermedades crónicas: renales, respiratorias o cardiovasculares.

Por lo tanto mediante este comunicado se establece que la Vacuna Sputnik V no está contraindicada en las personas con VIH, aunque no las coloca como población priorizada para la inmunización, solo podrán optar por ella quienes presenten las características ya mencionadas, siempre previa consulta médica.