El Gobierno reglamentó a través del Boletín Oficial la Ley N° 27.781 que establece el uso de la Boleta Única de Papel (BUP) como sistema de votación para todos los procesos electorales a nivel nacional. Los cambios en el Código Electoral Nacional comenzarán a regir para las elecciones 2025.

A diferencia del sistema tradicional, la boleta única de papel incluirá a todos los candidatos y partidos en un mismo documento. Al ingresar al cuarto oscuro, los votantes podrán elegir entre dos opciones:

  • Marcar una opción para votar la lista completa.
  • Seleccionar candidatos de manera personalizada, marcando casilleros individuales para cada categoría.

Con este nuevo mecanismo, el Gobierno busca solucionar dos problemas comunes: el robo u ocultamiento de boletas y el abuso de los “sellos de goma”, es decir, partidos sin representación que solo buscan acceder a fondos estatales.

Según el decreto 915/2024, un voto será válido si:

  • Se utiliza una boleta única oficializada.
  • Las marcas en los casilleros son claras y se elige una opción electoral por categoría.
  • Si no se marca ninguna opción, será considerado un voto en blanco.

Por otro lado, un voto será nulo en los siguientes casos:

  • Uso de una boleta no oficializada.
  • Marcar más de una agrupación política para la misma categoría.
  • Roturas o inscripciones que impidan identificar la elección.
Ejemplo de Boleta Única. La imagen muestra la utilizada en la provincia de Mendoza