Continua la polémica por la implementación de la Tasa GIRSU en la provincia de Jujuy. Desde que el gobierno impulso el proyecto y «sugirió» a los municipios que la aprueben, han sido innumerables las voces que se alzaron en contra del mal llamado «nuevo impuesto».

La Ministra de Ambiente María Inés Zigarán defendió la Tasa GIRSU alegando que se trata de una reconceptualización de una tasa que ya existía y que ahora incluye la recolección, traslado, clasificación, compactación, valorización, compostaje y disposición final controlada.

Hasta el momento hay 64 municipios y comisiones municipales adheridos a la tasa y solo 5 hasta ahora han actualizado sus ordenanzas, según lo informó la Ministra Zigarán, otros están intentando  implementarla, con escandalo de por medio, como es el caso del concejo deliberante de la ciudad de Palpalá. Vecinalistas, sindicalistas, comerciantes y vecinos se oponen a la aprobación de «un nuevo impuesto» en un contexto de recesión, de tarifazos y la baja de consumo.

Han sido muchas las voces que se han manifestado en contra de este proyecto. Es el caso de la abogada Alicia Chalabe, titular de CODELCO-Jujuy. Señaló que en 2016 se aprobó la Ley N°5954 denominada “Ley Provincial de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos-Creación del Plan Pachamama Te Cuido-Institucionalidad del Plan Empresa GIRSU Jujuy S.E.” y que ahora es una reconversión de esa vieja tasa. En este contexto, explicó que están preparando una acción judicial para frenar la implementación de la Tasa GIRSU en la provincia. «Lo único que se le puede cobrar al usuario es una tarifa que debe ser legalmente establecida. Por lo tanto, tiene que ser creada ya sea por un dispositivo legal como en este caso que habría una Ley pero tiene otros requisitos, otro de los requisitos es que sustancialmente tiene que cumplir el contenido, el hecho imponible que le vas a facturar al usuario, tiene que ser concreto y además debe establecerse un mecanismo directo por la contraprestación que te esta dando. En concreto, la empresa de luz te cobra el kilovatio hora que vos utilizas en tu casa y depende de tu consumo, entonces se le pone un precio X a ese kilovatio y el componente de la tarifa que tiene es la contraprestación que vos pagas por ese kilovatio consumido, a eso le podes agregar algún impuesto y otras cosas, es decir sustancialmente esa tarifa responde a un hecho imponible determinado y a una determinación que se hace con ese usuario», indico Chalabe y agregó que en este caso: «lo más grave de esta tasa GIRSU es que su cobro se vincula con el consumo de la energía electica». Especificó que en algunas localidades donde se aprobó esta ordenanza, como Libertador General San Martin y San Pedro, la normativa establece que «expresamente se va incluir en la factura de energía eléctrica la Tasa GIRSU y dependiendo de la categoría de usuario que tengas y del consumo de energía que tengas».

«La tasa vendría incluida en la boleta de energía eléctrica, eso no se puede hacer, sería de manera compulsiva e irregular porque el pago se basa en el consumo de otro servicio, esto es lo irregular», remarcó la letrada.

Aclaró que existe una evidente contradicción entre lo que significa una tasa, que es una contraprestación que presta la municipalidad, y el pago de un servicio provincial como lo son el agua y la luz.

Asimismo detalló: «en el caso de que le llegue un monto excesivo en la Tasa GIRSU a un usuario, en primer lugar se va a quejar en la empresa Ejesa por la tasa esta vinculada al servicio de energía eléctrica. Además esto esta totalmente en contra de la Ley de Defensa del Consumidor porque en el articulo 25 y subsiguientes establece que siempre ante las normativas aplicables se presume que se aplica la mas favorable al consumidor. Entonces si vos tenes un déficit de facturación, una facturación excesiva o te facturan algo que no corresponde, vos podes quejarte y tienen que excluir ese rubro o poner en cuestión lo que estas pagando y eso puede dar lugar a cantidad infinita de reclamos de personas que van a decir porque en mi factura de luz me incorporan una tasa».

También reveló que: «el texto de la Ley reformada dice que aquellos usuarios que tengan el servicio Limsa no pagarán la tasa GIRSU».

«No está claro qué es lo que estamos pagando», cuestionó Chalabe y adelantó que harán una presentación con las Asociaciones de Defensa del Consumidor en el Tribunal Contencioso Administrativo solicitando la nulidad del cobro de la tasa.