La aprobación definitiva de la ley Bases y el paquete fiscal trae cambios significativos en las categorías del monotributo para 2024.
La contadora Gisela Alcocer, brindó detalles en UNJu Radio sobre las nuevas tablas y escalas para lo que resta del 2024
Sobre el tema, Alcocer aseguró: «Uno de los principales cambios, y que es el que comúnmente presentan como duda de aquellos que hoy son monotributistas o aquellos que están pensando ser monotributistas, es ¿Cuánto voy a tener que pagar a partir de la modificación?».
«La realidad es que esta modificación ha incorporado un incremento en la cuota mensual a pagar, con lo cual, los monotributistas han sufrido un incremento de hasta un 300% en el pago de la cuota, si hablamos de un monotributista de la categoría más baja que hoy paga $12.128 va a pasar a pagar $26.600, estamos hablando más del doble, principalmente como novedad es este incremento de la cuota mensual».
Al ser consultada por las nuevas escalas, Alcocer explicó: «Otra novedad es la actualización de los parámetros, nos referimos a aquellos conceptos que tenemos que tener en cuenta para ubicarnos en una o en otra categoría, estos parámetros son los ingresos por venta, los alquileres devengados y el costo de los productos unitarios a vender, estos montos se han actualizado, con lo cual un monotributista de la categoría más baja actualmente está facturando unos 2.000.000 de pesos, hoy podrá facturar hasta unos 6.450.000 pesos y va a poder permanecer en monotributo teniendo un ingreso anual de hasta 68 millones de pesos».
Al ser consultada por las diferencias entre monotributo y responsable inscripto, Alcocer aseguró: «Un monotributista de categoría K, puede estar dedicándose a un servicio extraordinario y que por ahí tiene ingresos significativos con lo cual justifica el manteniento de dicha categoría, pero resulta que este monotributista no siempre está brindando ese servicio, hay meses que brinda ese servicio, hay meses que no, hay meses que le va muy bien y otros no, imagínense si en un solo mes este monotributista tendría que pagar por su cuota mensual 867 mil pesos».
«Por otra parte si es autónomo y responsable inscripto, va a pagar en función de las ventas que realice, si no se vendió, no se va a pagar nada, ahora si soy monotributista categoría K y no vendí, tengo que pagar igual esos 867 mil pesos, entonces para ver cuidadosamente y analizar cuál es mi situación tributaria, que es lo que tengo que pagar, no me va a resultar económico ser un monotributista sino pasar a régimen general».
Por último, Alcocer se refirió al monotributo social: «Tenemos la buena noticia de que el monotributista social va a poder seguir manteniendo esa categoría, se ha tenido en cuenta las necesidades de ese sector, va a seguir pagando el 50% de lo que habitualmente paga el monotributo común, va a poder mantener su monotributo y mantener los diferentes programas, las asignaciones, los diferentes planes, entonces que se queden tranquilos muchos de los monotributistas sociales que van a mantener su monotributo y van a tener la posibilidad de tener su actividad formalizada».
Monotributo: facturación máxima anual por categoría
Categoría A: de $2.108.288,01 a $6.450.000
Categoría B: de $3.133.941,63 a $9.450.000
Categoría C: de $4.387.518,23 a $13.250.000
Categoría D: de $5.449.094,55 a $16.450.000
Categoría E: de $6.416.528,72 a $19.350.000
Categoría F: de $8.020.660,90 a $24.250.000
Categoría G: de $9.624.793,05 a $29.000.000
Categoría H: de $11.916.410,45 a $44.000.000
Categoría I: de $13.337.213,22 a $49.250.000
Categoría J: de $15.285.088,04 a $56.400.000
Categoría K: de $16.957.968,71 a $68.000.000
Monotributo: cuotas mensuales por categoría
Categoría A: de $12.128,39 a $26.600
Categoría B: de $13.561,75 a $30.280
Categoría C: de $15.503,51 a $35.458 para servicios y de $15.241,42 a $34.658 para la venta de productos
Categoría D: para servicios de $19.497,94 a $45.443,80, y de $19.066,46 a $44.343,80 los que venden productos
Categoría E: de $26.945,97 a $64.348,18 (servicios) y de $24.526,43 a $58.148,18 venta de cosas muebles
Categoría F: de $33.137,61 a $80.983 para los servicios, y para los que venden productos, de $29.223,11 a $69.783
Categoría G: de $38.694,95 a $123.696,20 para servicios y de $33.439,61 a $85.296,20 para los productos
Categoría H: para servicios de $66.111,51 a $280.734,68. Mientras, los que venden bienes, de $56.402,68 a $170.734,68
Categoría I: la cuota mensual pasaría de $81.121,96 a $255.108,55 para quienes realizan ventas. Los que facturen por servicios y entren a la categoría, en tanto, abonarían $517.608,55
Categoría J: de $93.619,47 pasaría a $311.931,97 para ventas y llegaría a $626.931,97 en el caso de los servicios
Categoría K: la cuota mensual se irá de $106.964,65 a $377.084,75. En servicios, ascendería a $867.084,75
En el caso de los monotributistas que quedaron excluidos del régimen desde el 1 de enero de 2024 van a poder volver a adherirse sin esperar los tres años que exige la ley del Monotributo. Esta disposición no aplica para aquellos que, antes de superar los parámetros, se pasaron al régimen general.