Carlos Quiroga, delegado del Ente Nacional de Comunicaciones (ENaCom) en Jujuy informó en UnjuRadio 92.9 de que forma se podrá acceder en la provincia a la Prestación Básica Universal de servicios de Triple Play para teléfonos, Internet y cable a sectores vulnerables.

Quiroga indicó que este decreto entró en vigencia desde el 1 de enero del 2021 y que para acceder a los servicios los interesados deberán descargar una planilla en la página web del Enacom, “en esa planilla están las condiciones en las cuales los usuarios pueden estar contemplados para acceder a la prestación”, y además remarcó que desde el ente “estamos saliendo barrio por barrio y localidad por localidad a brindar información acerca de los requisitos y la forma de inscripción a la Prestación Básica Universal”. Luego de completar la planilla, y si el usuario cumple con los requisitos, deberá dirigirse a la empresa prestadora de los servicios de telefonía, internet o cable para completar la inscripción.

Al respecto, Quiroga subrayó que las empresas prestadoras “tienen la obligación de aceptar la inscripción en tanto el usuario cumpla con las condiciones requeridas por la resolución” y que en caso de que las empresas se nieguen a recibirla los beneficiarios “deberán hacer el reclamo ante el ENaCom en la plataforma de la página web”.

Por otra parte, el titular del ENACOM en Jujuy se refirió a los problemas de conectividad que existen en la provincia, “se están realizando relevamientos territoriales sobre los lugares donde hay problemas de conectividad o en los que no cuentan con ella” y remarcó que “están instalados los nodos de fibra óptica de la Red Federal de Fibra Óptica, pero no se realizó el despliegue interno en cada localidad”.

Además resaltó, que en las zonas donde no hay interés en prestar el servicio por parte de las empresas privadas debido a la cantidad de población y la baja rentabilidad, desde el ENaCom se “está trabajando con las comunidades aborígenes y comisiones municipales para que puedan solicitar la licencia para brindar los servicios”.

Por ultimo insistió en que es necesario “resolver estas situaciones ya que la conectividad es un derecho humano y pone en situación de mayor igualdad a los sectores vulnerables”.

Cómo realizar los trámites de Prestación Básica Universal (PBU):

De acuerdo al Decreto de Seguridad y Urgencia establecido por el Presidente de la Nación las personas que pueden acceder a la Prestación Básica y Universal de Servicios de Telecomunicación son:

– Beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo.
– Beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
– Usuarios inscriptos y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social.
– Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
– Trabajadores monotributistas inscriptos y trabajadoras monotributistas inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
– Usuarios y usuarias que perciben seguro de desempleo.
– Electrodependientes, beneficiarios de la Ley N° 27.351.
– Usuarios incorporados y usuarias incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844).
– Exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.
– Las medidas dispuestas en los artículos 1° y 2° serán de aplicación respecto de los siguientes usuarios y usuarias no residenciales:
– las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES), conforme lo dispuesto por la Ley N° 25.300 afectadas en la emergencia, según lo establezca la reglamentación;
– las Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES) afectadas en la emergencia, según lo establezca la reglamentación;
– las instituciones de salud, públicas y privadas afectadas en la emergencia, según lo establezca la reglamentación;
– las Entidades de Bien Público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria.

Los interesados pueden descargar la planilla de inscripción en www.formularioenacom.gob.ar