El Dr. Julio Fernando Lobos especializado en violencia de género fue designado como fiscal del departamento de Ledesma donde por primera vez se inaugurara una Fiscalía.
El Dr. manifiesto que la Fiscalía tendrá como objetivo principal el tratamiento de todas aquellas causas en las cuales las mujeres sean víctimas de violencia de género tanto física, moral como así también los diferentes tipos de violencia que se registran en contra de la mujer; para darle celeridad al trámite y para tratar la problemática que actualmente en la zona de Libertador es de suma importancia.
Así mismo explico que la violencia de género es un contexto, no un delito donde puede haber lesiones o amenaza que sí constituyen delitos. Este contexto se da cuando el hombre abusa de su condición y aplica un concepto de supremacía con la mujer considerado totalmente indebido a razón del bagaje de la cultura y la crianza patriarcal que lleva al hombre a tratar a la mujer como si fuese un objeto de su propiedad. Este concepto puede configurarse desde la violencia física, el maltrato verbal, un destrato en la familia o bien dentro de las relaciones laborales.
En estos casos la víctima de violencia de género puede concurrir a cualquier seccional de policía próxima a su domicilio donde los oficiales están capacitados para recepcionar la denuncia inclusive también el Ministerio Público de la Acusación posee todo un sistema de tal forma que una vez tomada la denuncia impacta en él pudiendo ser visualizada on-line. A partir de allí se dispara el protocolo de violencia de género que implica la revisión de la víctima en cuanto a lesiones o se da participación por ley 26.485 al Juzgado Especializado a través de su Departamento de Asistencia.
No obstante si la policía no toma la denuncia instando a la mujer a realizar una simple exposición policial como sucedió en ciertos casos, se advirtió que ante una denuncia de esa índole es su obligación recepcionarla. De ninguna manera se deben hacer exposiciones policiales ni tampoco intentar arrogarse la facultad de mediadores y enviar a la mujer en situación de peligro nuevamente a su domicilio. Caso contrario las mujeres pueden concurrir a la Fiscalía a realizar la denuncia y por aparte se tomaran las medidas disciplinarias que correspondan contra ese oficial de policía.
Por otro lado cuando la víctima pretenda dejar sin efecto la renuncia o retractarse de lo declarado se analiza el contexto de la situación para saber si la Sra. lo hace en forma voluntaria o presionada. De ser presionada no se permite la retractación y como la violencia de género es una cuestión de orden público se sigue con la acción hasta el final no solo para examinar la situación sino también para proteger a la mujer que es la finalidad principal de esta cuestión.
Independientemente de ello el Ministerio Público de la Acusación en Libertador tiene planificado en breve inaugurar un Centro de Asistencia a la víctima que se ocupara también de brindarle asistencia jurídica, contenerla psicológicamente y asistirla en todo lo que necesite.
Cabe destacar que siempre que la mujer sienta que sus derechos fueron violentados o se sientan en situación de peligro y/o incomodidad deben recurrir a la seccional policial más cercana a su domicilio o en su defecto una vez inaugurada a la Fiscalía a realizar la correspondiente denuncia. En el caso de un acoso de índole telefónico se libra oficio a las empresas de telefonía para que brinden las antenas donde impactaron los mensajes como así también a Facebook y WhatsApp a los efectos de que envíen los originales de las transcripciones de los mensajes.