Ante la polémica que se desató por el show de fuegos artificiales que realizó el ente autárquico en la Ciudad Cultural para recibir la primavera, donde padres de niños con autismo y mascoteros solicitan que no se utilicen materiales de pirotecnia a fin de cuidar la salud de los niños y tener en cuenta la sensibilidad auditiva de los animales.

Al respecto Radio Universidad dialogó con el Juez Contravencional en Jujuy, quien comentó que “nuestro código lo que sanciona en esta materia; es la fabricación, venta, transporte y distribución de material pirotécnico que no cuenta con la debida autorización, lo que también prohíbe nuestro código es el uso de este tipo del elementos en espectáculos públicos en los casos en que no se encuentren con la habilitación de la autoridad competente”.

Y agregó “el código contravencional también en el artículo 114, establece el tema de los ruidos molestos y prevé la posibilidad que una persona que ha sido afectada por el ruido pueda radicar la denuncia, en los casos en que este ruido por su volumen, o por la reiteración, o por la persistencia exceda la normal tolerancia pero este tipo de acciones deben ser iniciadas a raíz de una denuncia, si no hay denuncia que ponga en funcionamiento el sistema no se puede proceder de oficio”

Al consultarle sobre el tema del acoso callejero dijo que hasta el momento no se realizaron denuncias sobre esta situaciones, en estos casos también es necesario que la persona afectada realice la denuncia para que el departamento pueda tomar intervención, conocer el contenido de la denuncia y hacer las imputaciones”.