El abogado previsional Pedro Octavio Figueroa se refirió a la resolución publicada recientemente en el Boletín Oficial por el cual se aprueba el circuito administrativo de notificación de incompatibilidades con el decreto 432/97, de suspensión y caducidad de pensiones no contributivas por invalidez. Si bien consideró que “es una interpretación exagerada” aquella que interpreta que el gobierno las suspende, dijo que los días de plazo otorgados a quienes sean notificados son “absolutamente limitativos”.
En ese sentido, indicó que solo quienes sean notificados deberán acreditar su condición y que el trámite se realiza en ANSES.
Del mismo modo, sostuvo que es contradictoria la medida teniendo en cuenta lo planteado por el gobierno nacional respecto de que “la ayuda social en el presupuesto 2019 sería la más grande que se dio en la historia”.