El Presidente del Tribunal en lo Criminal Nº 2, Dr. Luis Kamada, habló con Radio Universidad de la implementación de los juicios por jurados en la Argentina.
El letrado indicó que «el tema de juicios por jurado presenta unas cuantas aristas bastantes interesantes, en primer lugar no es reciente porque está en la Constitución de 1853», continuó diciendo que «el constituyente de aquel tiempo había previsto que el juzgamiento que delitos sean hechos o a través de jurados al estilo anglosajón».
El juez Kamada por otra parte explicó que «los juicios por jurados es solo para casos graves, en principio se puede tomar como parámetros las escalas penales que fija el Código Penal, el homicidio simple es pena entre los 8 y 25 años, y los delitos socialmente relevantes por lo tanto tienen una pena grave».
También indicó que «el jurado solo se debe expedir sobre si existió el hecho y sobre si la persona acusada es el autor, no se expide sobre la culpabilidad del acusado».
Por otra parte Kamada dijo que actualmente en Jujuy no existe el juicio por jurado pero puede en algún momento haber, «todo indica que vamos camino a eso y todo es razonable, pensemos que estamos viviendo un mandato constitucional que está ahí de poder implementarlo, porque es una institución política y no jurídica».
Sobre la elección del jurado el doctor Luis Kamada explicó que «hay distintos métodos, algunos utilizan los listados de personas que van y se anotan como ciudadanos para ser llamados en alguna oportunidad, hay otros sistemas que se recurre directamente a la lista de los padrones electorales».