Votar es un derecho de todas las personas, también de quienes se encuentran en establecimientos de salud mental o discapacidad. Por ese motivo, el CODIGO ELECTORAL NACIONAL establece la accesibilidad electoral, que consiste en quitar las barreras que impiden a personas con discapacidad participar en las elecciones y ejercer su derecho a votar.

  • Que los edificios donde se vota tengan rampas que permitan el acceso y el desplazamiento dentro del mismo.
  • Que las indicaciones sean claras y haya dispositivos que permitan que las personas con discapacidad visual las conozcan.
  • Que las autoridades de mesa estén capacitadas para dar los apoyos que requieran las personas con discapacidad.

En estas elecciones el desafío es hacer una sociedad más accesible con la participación de todos.

El Estado tiene la obligación de eliminar las barreras físicas: Controlar las rampas, los espacios/las aberturas, los baños y todo aquello que impida la circulación.

Facilitar la comunicación señalética: suministrar soportes que permitan una mejor interacción, enchufes para el celular y adaptar el lenguaje.

También garantizar el apoyo a las personas que puedan requerir la asistencia de una persona de su confianza o del Presidente de Mesa para acceder a votar. Las personas con discapacidad intelectual saben qué tipo de asistencia necesitan, y cómo quieren ser ayudadas.

Para garantizar el voto a personas con discapacidad motriz las autoridades de mesa deben:

*Si existen barreras arquitectónicas (escalones, escaleras, etc) proporcione la ayuda.

*Si piensa que la persona esta en dificultades, ofrézcale su ayuda y en caso de que esta sea aceptada, pregúntele cómo debe hacerlo.

*Si tiene limitaciones para introducir la boleta en el sobre, podrá ser asistida por una persona de su confianza (voto asistido).

Para garantizar el voto a personas con discapacidad auditiva.

Las autoridades de mesa deben:

*Llamar su atención con una seña antes de hablarle, acérquese y toque su hombre ligeramente, o mueva la mano su espacio visual.

*Si la persona realiza lectura de labios, ubíquese de frente a dos metros de distancia, mantenga contacto visual, evitando tocarla.

*Si no comprende lo que usted le dice, o viceversa, trate de hacerse entender por otros medios. Por ejemplo gestos, bolígrafo y papel, mensajes de texto. WhatsApp, tableros o libretas.

Para garantizar el voto a personas con discapacidad visual las autoridades deben:

*Informar sobre su presencia: Identificarse con claridad, diciéndole su nombre y el rol que ocupa en el proceso eleccionario.

*Preguntar si necesita asistencia para su orientación, desplazamiento o para el ejercicio de su voto. Facilitarle la circulación en los espacios físicos.

*En caso que requiera ayuda, no lo/la tome del brazo. Ofrézcale su hombro o antebrazo para que se apoye en usted. Adviértale si hay escaleras, escalones, u obstáculos. Ofrecerle la utilización del cuarto oscuro accesible o por una persona de su confianza.

*Si opta por votar en su mesa y con su asistencia: descríbale verbalmente la ubicación de las boletas, delante, detrás, derecha, izquierda. No se retire ni lo deje solo/a sin advertírselo antes.

Recuerde que las personas ciegas utilizan bastón blanco, las personas con baja visión, bastón verde y las con personas sordo-ceguera, batón blanco y rojo.

Para garantizar el voto a personas con discapacidad intelectual, mental o psicosocial.

Las autoridades de mesa deben:

*Generar la confianza necesaria para que pueda solicitar su ayuda y asegúrese de que ha comprendido lo que usted le ha dicho

*Si usted no comprende lo que el elector quiere expresarle, pedirle cordial y respetuosamente, que se lo repita o que se lo indique con gestos, Solicite permiso antes de ayudar o tocar a la persona.

Tenga en cuenta sus capacidades, que se trata de una persona adulta y procure que se desenvuelva con autonomía. Evitar asumir a la persona como niño o niña. (fuente: Ministerio de Justicia Nación-Ministerio de Salud Jujuy)