El próximo lunes 26 de septiembre se celebra el Día del Empleado y la Empleada de Comercio, por lo que las y los trabajadores no prestarán servicios.

Así lo anunció el Centro de Empleados de Comercio de Jujuy, quienes además subrayaron que la no asistencia al lugar de trabajo “es un derecho de los empleados”.

El Dia del Empleado de Comercio se estableció por Ley Nacional 26.541 y según aclaró la Federación Argentina de Empleados de Comercio (Faecys), los trabajadores tienen el derecho a no trabajar ese día. Sin embargo, si lo hacen, deberán cobrar como un feriado.

La normativa promulgada en 2009 le otorga a los 26 de septiembre el carácter de feriado nacional sobre todos los/as empleados/as comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.

Asimismo, se recuerda que —de acuerdo a lo regido por las normas establecidas por la Ley de Contrato de Trabajo— quienes se inclinen por ejercer sus funciones el próximo lunes deberán percibir la remuneración normal de los días laborales más un recargo del 100%. Es decir, cobrarán como si se tratara de un feriado nacional.