Un hombre fue condenado hoy a la pena de 7 años de prisión por abusar sexualmente de una mujer con un retraso mental grave, en febrero de 2019, en cercanías de la localidad de Ocloyas, informaron fuentes judiciales.

El fallo fue dictado por el Tribunal en lo Criminal Nº 3 que condenó a un hombre, cuyas iniciales de identificación son R.M.S, a la pena de 7 años de prisión efectiva por ser autor material y responsable del delito de “Abuso sexual con acceso carnal”, hecho ocurrido en cercanías de la localidad de Ocloyas.

Así también, ordenó, que firme y consentida la sentencia, la obtención de los perfiles genéticos del condenado para incorporarlos al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.

De acuerdo con la acusación de la Fiscalía, en el transcurso del mes de febrero de 2019, la víctima, una mujer de mayor de edad que padece un retraso mental grave, se trasladaba a una finca rural ubicada en cercanías de la localidad de Ocloyas a los fines de visitar a sus padres de crianza.

En esas circunstancias conoció al imputado, quién aprovechándose de la situación y del retraso mental que padece la víctima, abuso sexualmente de ella accediéndola carnalmente.

El Tribunal fue integrado por las juezas María Margarita Nallar – presidenta de trámite-, Ana Carolina Pérez Rojas y el juez Mario Ramón Puig. En tanto, la secretaría estuvo cargo de la Dra. Silvana Anún.

Procedimiento especial

El juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento especial establecido en el Artículo 492 del Código Procesal Penal de la Provincia, mediante el cual se omite la recepción de la prueba debido a que el acusado confesó su culpabilidad y se logró arribar a un acuerdo entre el Tribunal, el Fiscal y la Abogada Defensora.

Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó el Dr. Darío Osinaga; mientras que la defensa técnica de R.M.S. fue ejercida por la Dra. María Adriana Fernández, Defensora Oficial Penal del Ministerio Público de la Defensa Penal.

Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro del plazo establecido en el Código Procesal Penal; a partir de lo cual, las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior.