Así lo establece el decreto 655/2020 publicado este sábado en el Boletín Oficial, que lleva la firma del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y del ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

Según el documento el objetivo es «acompañar y cuidar a los sectores más vulnerables y necesitados de la sociedad, corresponde incluir en el pago del Subsidio de Contención Familiar a los familiares de aquellas personas que hubieran fallecido a causa del Covid-19».

El gobierno nacional extendió el subsidio de contención familiar a los familiares de aquellas personas que hubieran fallecido a causa de coronavirus y que, al momento de su muerte, se encontraban desocupadas, en la economía informal o fueran monotributistas en las categorías A y B.

Para la titular del ANSES, Fernanda Raverta, el gobierno «ha decidido acompañar a quienes más lo necesitan en un momento muy difícil, y es por eso que se actualizó a 15 mil pesos el subsidio de contención familiar para gastos de sepelio».

Abarca también a los familiares de los fallecidos que se encontraban inscritos en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente.

También serán alcanzados los familiares de fallecidos que hayan sido trabajadores declarados en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, a los que eran titulares de la Asignación por Embarazo para Protección Social; y de la Asignación Universal por Hijo, y a niños y adolescentes y personas mayores de edad con discapacidad.

El subsidio se abonará al cónyuge o al conviviente, al padre o a la madre o alguna de sus madres o alguno de sus padres, o al hijo o a la hija del fallecido.

El decreto precisa que se hará efectivo siempre que el o la solicitante denuncie el fallecimiento y acredite haber sufragado los gastos del sepelio con la presentación de la factura extendida a su nombre por la empresa funeraria que realizó el servicio.