El término “parto respetado” o “parto humanizado” hace referencia a una modalidad de atención del parto caracterizada por el respeto a los derechos de los padres y los niños y niñas en el momento del nacimiento.

Es decir en consonancia con las necesidades y deseos de la familia que va a dar a luz.

A nivel nacional se debe destacar que se reglamentó la  Ley 25.929 de Parto Humanizado, donde se establecen los derechos de las mujeres antes, durante y después del parto. Esta ley pone de relieve los derechos de la mujeres a recibir información antes, durante y posterior al parto, así como de elegir la persona que la acompañe y la posición en la que quiere parir entre otros derechos.

Según datos de la Asociación Argentina de Parteras Independientes, el número de partos domiciliarios se triplicó en los últimos años, como también las denuncias por violencia obstétrica que muchas mujeres padecen en los hospitales públicos y los centros de salud privados.

Pero la particularidad del reciente caso de Neuquén y su inédito desenlace judicial reabren el debate entre los expertos respecto de los partos en las casas particulares. Ya que en Neuquén lamentablemente una beba murió por asfixia ante la falta de contención necesaria.

Pero la pregunta de este informe especial es
¿Qué pasa en Jujuy? ¿Estamos preparados?
¿Se trabajó en el ámbito legislativo en la búsqueda de la adición a la ley nacional?
¿Las mujeres jujeñas están informadas sobre estos derechos?